Publicado el 4 de marzo de 2026
AVS/AI – Seguro de vejez, supervivientes e invalidez
Toda persona que viva y trabaje o haya vivido y trabajado en Suiza ha cotizado al seguro de vejez, supervivientes e invalidez (AVS/IV). Al llegar a la edad de jubilación en Suiza, puede solicitar una pensión. Los jubilados tienen la obligación de informar a su caja de compensación. Con el fin de evitar pagos indebidos, se llevan a cabo controles de vivencia.
El sistema suizo de previsión de vejez, supervivencia e invalidez se basa en tres pilares:
- el primer pilar — el seguro de vejez, supervivientes e invalidez AVS/AI(alemán, francés, italiano, inglés) - es un seguro general obligatorio para todos que sirve para cubrir las necesidades básicas de las personas aseguradas;
- el segundo pilar — la previsión profesional (PP) — es obligatorio para los trabajadores; tiene como objetivo, junto con el primer pilar, garantizar el nivel de vida al jubilarse;
- el tercer pilar incluye la previsión individual de cada persona.
El seguro de vejez y supervivientes (AVS) concede dos tipos de pensiones:
- § la pensión de vejez, que permite a las personas aseguradas retirarse de la vida laboral con una cierta seguridad material, dado que la pensión se paga durante la jubilación;
- § la pensión de supervivientes, que ayuda a las viudas, viudos o huérfanos a superar las dificultades financieras a raíz de la muerte de un cónyuge o una madre o un padre asegurado.
Las prestaciones del seguro de invalidez (AI) se conceden cuando, por razones de salud, la persona asegurada ya no tiene una capacidad de ganancia intacta. El objetivo de la AI es la readaptación profesional y social de las personas que todavía no han llegado a la edad de jubilación.
La Caja Suiza de Compensación CSC y la Oficina AI para los asegurados residentes en el extranjero OAIE son dos unidades de la Central de Compensación CdC encargadas de las cuestiones relacionadas con el seguro de vejez y supervivientes AVS, el seguro de invalidez AI y el AVS/AI facultativo suizo para personas que han establecido su domicilio en el extranjero (adhesión, cotización, pensiones, etc.).
En el plazo de un año tras darse de baja en el régimen obligatorio del AVS/AI, los suizos y suizas residentes en el extranjero pueden, en determinadas condiciones, afiliarse al seguro facultativo en Suiza. Los y las pensionistas tienen la obligación de informar a la caja de compensación.
En los países de la UE/AELC, las solicitudes de pensión, en principio, se deben presentar en la seguridad social del país de residencia, en las oficinas de relación competentes.
En España la entidad a la que hay que dirigirse es:
Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS)
Relaciones Internacionales
Padre Damian, 4
ES-28036 MadridEl Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) podrá indicarle la dirección de la oficina competente para su lugar de domicilio.
Normalmente, las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social o los Centros de Atención e Información del INSS se ocupan de estas cuestiones. Las respectivas direcciones se pueden obtener haciendo clic en el enlace que figura a la derecha y yendo a «Gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social (INSS)».
En el caso de que no se haya hecho ninguna aportación a la Seguridad Social española o portuguesa, la solicitud de pensión puede enviarse directamente a la Caja Suiza de Compensación (CSC) en Ginebra:
Caja Suiza de Compensación
Av. Edmond-Vaucher 18
Apartado postal 3100
CH-1211 Ginebra 2
Tel.: +41 (0)58 461 91 11
Fax: +41 (0)58 461 97 05
Fax: +41 (0)58 461 97 03
Caja Suiza de Compensación
En los países de la UE/AELC, las solicitudes de pensión, en principio, se deben presentar en la seguridad social del país de residencia, en las oficinas de relación competentes.
En España la entidad a la que hay que dirigirse es:
Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS)
Relaciones Internacionales
Padre Damian, 4
ES-28036 MadridEl Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) podrá indicarle la dirección de la oficina competente para su lugar de domicilio.
Normalmente, las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social o los Centros de Atención e Información del INSS se ocupan de estas cuestiones. Las respectivas direcciones se pueden obtener haciendo clic en el enlace que figura a la derecha y yendo a «Gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social (INSS)».
Para cualquier pregunta relacionada con pensiones y prestaciones suizas de invalidez ya otorgadas, se puede contactar con la siguiente entidad:
Oficina AI para los asegurados residentes en el extranjero OAIE
Av. Edmond-Vaucher 18
Apartado postal 3100
CH-1211 Ginebra 2
Tel.: +41 (0)58 461 91 11
Fax: +41 (0)58 461 99 50 (Sección solicitud de prestaciones)
Fax: +41 (0)58 461 97 04 (Sección prestaciones en especie)
Correo-e: oaie@zas.admin.ch
Central de Compensación - Oficina AI para los asegurados residentes en el extranjero
Si usted se ha ido de Suiza, ya no está sujeto/a al régimen obligatorio del AVS/AI y reside en un país extranjero fuera de la Unión Europea (UE) y de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), en determinadas condiciones, puede afiliarse al seguro facultativo (AVS/AI facultativo) y seguir siendo así miembro del AVS/AI suizo.
La declaración de afiliación dirigida a la Caja Suiza de Compensación CSC —Seguro facultativo, Cotizaciones— en Ginebra debe presentarse en el plazo de un año a contar desde la baja del seguro obligatorio.
En la página web de la Central de Compensación CdC encontrará información sobre las condiciones y formalidades de afiliación.
Por regla general, la afiliación al seguro facultativo suizo no le exime de cotizar en los seguros sociales obligatorios en el extranjero. Póngase en contacto con el órgano de seguros competente para su lugar de domicilio en el extranjero para obtener información sobre sus derechos y obligaciones.
Como pensionista, tiene la obligación de notificar inmediatamente a la caja de compensación que le abona la pensión cualquier cambio en su situación personal que afecte la cuantía o el tipo de prestación, así como cualquier cambio de domicilio o datos bancarios.
Si está usted inscrito/a en una representación suiza, sírvase comunicar también cualquier cambio de dirección o de estado civil.
Con el fin de evitar pagos indebidos, la Caja Suiza de Compensación CSC lleva a cabo controles de vivencia. Las personas beneficiarias de una prestación reciben cada año el formulario «Certificado de fe de vida y estado civil». Este formulario se envía por primera vez un año después del comienzo del derecho a la prestación. Para que la pensión pueda pagarse sin interrupción, el formulario debe devolverse en un plazo de 90 días a la CSC en Ginebra, debidamente confirmado por una autoridad competente.
Para los suizos y las suizas residentes en el extranjero inscritos en una representación suiza, en 2022 se introdujo un nuevo proceso de control: en principio, ya no reciben una solicitud de certificado de fe de vida y estado civil. El registro de suizos residentes en el extranjero transmite directamente la información a la Caja Suiza de Compensación CSC. En casos excepcionales, es posible que las personas registradas sigan recibiendo dicha solicitud. En estos casos, las personas interesadas deben hacer completar y validar este documento para evitar la suspensión de su pensión.
A las personas beneficiarias de pensiones del AVS/AI no inscritas en una representación suiza se les sigue exigiendo que presenten certificados de fe de vida y estado civil.
Central de Compensación CdC: Control de viviencia de pensionistas
En España, los siguientes departamentos oficiales son responsables de la legalización de los certificados de vida:
- Ayuntamiento
- Juzgado de Paz
- Instituto nacional de la seguridad social (INSS)
- Registro central (Ministerio de Justicia)
- Registro civil
Si está usted domiciliado/a en el extranjero y llega pronto a la edad legal de jubilación, debe realizar los trámites administrativos necesarios para preparar su jubilación.
En principio, debe presentar su solicitud de pensión por lo menos tres meses antes de cumplir la edad legal de jubilación a fin de dar tiempo a su caja de compensación para que reúna toda la información necesaria para el cálculo de su pensión.
La página web de la Caja Suiza de Compensación CSC le informa sobre el seguro de vejez y supervivientes.
Central de Compensación CdC: Seguro de vejez y supervivientes
Suiza ha firmado acuerdos y convenios en materia de seguridad social con distintos países cuyos objetivos principales son la igualdad de trato entre los ciudadanos de las partes contratantes, la determinación de la legislación aplicable y el pago de las prestaciones en el extranjero.
Las solicitudes de pensión en los países con los que Suiza ha firmado acuerdos y convenios en materia de seguridad social deben presentarse en principio a la oficina de enlace de la seguridad social del país de domicilio. Esta derivará a los solicitantes al servicio competente correspondiente.
- Central de Compensación CdC: Solicitar una pensión de vejez
- Oficina Federal de la Seguridad Social: Lista de direcciones (ministerios de Asuntos Exteriores y organismos de enlace) (alemán, francés, italiano)
Para más información y casos específicos, póngase en contacto directamente con la Caja Suiza de Compensación CSC en Ginebra.
Central de Compensación CdC: Direcciones y planos de situación
La previsión profesional (PP) es el segundo pilar de la seguridad social suiza. La PP permite a las personas aseguradas mantener de forma adecuada su nivel de vida anterior a la jubilación y representa, junto con la pensión del primer pilar, aproximadamente el 60% de su último salario.
La solicitud de prestaciones de la PP debe presentarse (si el derechohabiente no reside en Suiza) directamente en la institución de previsión a la que está afiliado el empleador suizo.
Si los haberes se encuentran en una cuenta o póliza de libre paso en Suiza, la solicitud deberá enviarse directamente a la institución correspondiente (fundación bancaria o seguro).
Las personas que no saben si poseen, y dónde, haberes del segundo pilar pueden dirigirse al organismo de enlace «Central del 2.o Pilar» creado especialmente para tal fin. Este les indicará las instituciones que mantienen posibles haberes de la PP o cuentas o pólizas de libre paso que les corresponden.
Fondo de Garantía LPP: consulta sobre haberes de la previsión profesional
Enlaces
- Ley federal sobre el seguro de vejez y supervivientes, LAVS, RS 831.10 (alemán, francés, italiano)
- Ley federal sobre el seguro de invalidez, LAI, RS 831.20 (alemán, francés, italiano)
- Ordenanza sobre el seguro facultativo de vejez, supervivientes e invalidez, OAF, RS 831.11 (alemán, francés, italiano)
- Oficina Federal de la Seguridad Socia: Seguro social internacional (alemán, francés, italiano, inglés)